Articulo 14. La Universidad Nacional de Colombia tiene como principio general que su régimen disciplinario esté basado en el respeto mutuo entre los miembros de la comunidad universitaria, en el acatamiento de los fundamentos éticos y el cumplimiento del reglamento para eliminar todo acto que menoscabe el nombre o la buena marcha de la institución, su estabilidad y armonía académica.
Articulo 15. Son conductas que atentan contra el reglamento del Laboratorio de Informática las siguientes:
- La obstaculización al cumplimiento del presente reglamento.
- El incumplimiento de los deberes del estudiante.
- Atentar contra la estabilidad y normalidad de la sala de informática.
- La utilización de documentos falsos, con el fin de obtener beneficios de la sala de informática.
- Toda coacción física o moral que atente o impida el libre ejercicio de la catedra o el proceso de enseñanza-aprendizaje.
- Uso indebido de la sala de informática.
- El uso de software no autorizado por el coordinador del laboratorio de informática.
- Suministro o consumo de estupefacientes, sustancias toxicas o alucinógenas, comidas, cigarrillos, licores o cualquier clase de bebida dentro del laboratorio de informática.
- El presentarse en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias alucinógenas o estupefacientes.
- Los actos de sabotaje o daños intencionales causados en la sala de informática.
- Todas aquellas contenidas en el reglamento estudiantil de la Universidad nacional de Colombia.
Articulo 16. Los funcionarios del laboratorio de informática podrán aplicar las sanciones según el caso:
- El estudiante o grupo de trabajo que tenga turno asignado y no se presente durante los primeros quince (15) minutos de iniciado el turno, perderá el turno.
- En caso de ser responsable directo de las fallas o daños causados a los computadores y demás elementos del laboratorio de informática, será sancionado de acuerdo a la gravedad, incluyendo el pago de las sanciones pecuniarias correspondientes.
- El estudiante o grupo de trabajo que no han cumplido con los compromisos adquiridos con la sala de informática de ingeniería de petróleos, se le SUSPENDERÁ el servicio hasta que cumpla a cabalidad con las obligaciones adquiridas.