Oficina de Gestión de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Minas
La realidad jurídica de la Universidad, a partir de la expedición del Acuerdo 026 de 2010, derogada posteriormente por el Acuerdo 070 de 2012 del Consejo Superior Universitario, y la necesidad de agilizar el proceso de respuestas a las solicitudes presentadas por los estudiantes ante el Consejo de la Facultad de Minas, ha llevado a que varios procesos y funciones que antes eran realizadas por el personal de la oficina de asuntos estudiantiles de la Vicedecanatura, sean realizados a partir del 2 de septiembre de 2011 por las personas asignadas para atender en la ventanilla de trámites estudiantiles ante el Consejo de la Facultad de Minas, adscrita a la Secretaría de la Facultad de Minas.
A partir de la Circular Número 001 de 2013, la Secretaría de Facultad implementó procesos tendientes a disminuir el tiempo de respuesta a las solicitudes estudiantiles presentadas ante el Consejo de la Facultad de Minas, desde allí se empezó a evidenciar la necesidad de crear nuevos medios de interacción con la comunidad estudiantil, además de propender por dar respuestas y realizar procesos más eficaces y eficientes, lo que ha llevado a que varias actividades y funciones sean realizados a partir del 4 de febrero de 2013 por la Oficina de Gestión de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Minas. Desde esa misma época, la Secretaría de Facultad está brindando acompañamiento a los estudiantes y docentes que requieran asesoría acerca de las solicitudes que estén dirigidas al Consejo de la Facultad de Minas.
Actualmente, todas las solicitudes estudiantiles que requieran aprobación por parte del Consejo de la Facultad de Minas, son recibidas por la Oficina de Gestión de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Minas, a través del Sistema de Gestión de Solicitudes Estudiantiles en Línea (SGS), mejorando en la atención y agilidad del proceso requerido para la atención de las solicitudes estudiantiles; posterior a la recepción de la solicitud se informa al solicitante la posible sesión del Consejo de Facultad en la cual será incluida la solicitud, igualmente se informará la fecha de envío de la notificación de respuesta al correo electrónico institucional del estudiante (máximo en 15 días calendario posterior a la fecha de sesión). En caso de no recibir la respuesta en la fecha indicada, el estudiante podrá contactar la Oficina de Gestión de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Minas, dichas fechas pueden variar en caso de que existan inconvenientes en su trámite (falta de documentación en la solicitud presentada, aplazamiento de su estudio por parte del respectivo Comité Asesor, entre otros).
Según el Acuerdo 044 de 2009, Acta 015 del 1 de diciembre, del Consejo Superior Universitario, "Por el cual se adopta el Estatuto Estudiantil de la Universidad Nacional de Colombia en sus disposiciones de Bienestar y Convivencia", en su Artículo 6 sobre los Deberes de los estudiantes, numeral 6 dice "Conocer y acatar los Estatutos, reglamentos y demás normas de la Universidad.". Para esto se puede consultar la página de consulta de Régimen Legal UNAL. Todas las solicitudes estarán sujetas al calendario detallado de solicitudes de Pregrado y Posgrado establecido por el Consejo de Sede, el cual puede ser consultado en la página web de Registro y Matrícula de la sede.
Los siguientes son algunos tipos de trámites que se pueden realizar a través de la Oficina de Gestión de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Minas:
Entre otras.
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